domingo, 24 de octubre de 2010

Historia de España. Comentario de texto. Decreto de 4 de mayo de 1814.


 Comentario del texto: Decreto de 4 de mayo de 1814
"Por manera que estas bases pueden servir de seguro anuncio de mis reales intenciones en el gobierno de que me voy a encargar, y harán conocer a todos no un déspota ni un tirano, sino un Rey y un padre de sus vasallos. Por tanto, habiendo oído lo que unánimemente me han informado personas respetables por su celo y conocimientos, y lo que acerca de cuanto aquí se contiene se me ha expuesto en representaciones, que de varias partes del reino se me han dirigido, en las cuales se expresa la repugnancia y disgusto con que así la constitución formada en las Cortes generales y extraordinarias, como los demás establecimientos políticos de nuevo introducidos, son mirados en las provincias; los perjuicios y males que han venido de ellos, y se aumentarían si yo autorizase con mi consentimiento, y jurase aquella constitución; conformándome con tan decididas y generales demostraciones de la voluntad de mis pueblos, y por ser ellas justas y fundadas, declaro que mi real ánimo es no solamente no jurar ni acceder a dicha constitución ni a decreto alguno de las Cortes generales y extraordinarias, a saber, los que sean depresivos de los derechos y prerrogativas de mi soberanía, establecidas por la constitución y las leyes en que de largo tiempo la nación ha vivido, sino el de declarar aquella constitución y tales decretos nulos y de ningún valor y efecto, ahora ni en tiempo alguno, como si no hubieran pasado jamas tales actos, y se quitasen de enmedio del tiempo alguno, y sin obligación en mis pueblos y súbditos, de cualquiera clase y condición, a cumplirlos ni guardarlos... Dado en Valencia a 4 de mayo de 1814. YO, EL REY. Como secretario del Rey con ejercicio de decretos, y habilitado especialmente para éste. Pedro de Macanaz".

1. Localiza y sitúa el texto su naturaleza y fecha. Comenta las ideas principales del mismo.
a) Localiza y sitúa el texto su naturaleza y fecha

Es una fuente primaria de gran importancia. Se trata del "Decreto de Valencia", fechado el 4 de mayo de 1814, documento histórico-circunstancial (por la importancia que tiene al marcar un nuevo período de la Historia de España), de carácter jurídico al ser un documento que tiene carácter de ley, de contenido político porque establece las relaciones de poder, y público, porque emana de una institución pública, el Rey, y porque va dirigido a todo el pueblo, sus vasallos, por el que el rey Fernando VII da a conocer a la opinión pública su intención de volver al absolutismo.

En el tratado de Valençay, Napoleón devuelve el trono a Fernando VII que regresa de Francia, donde había permanecido cautivo durante la Guerra de la Independencia, y se dirige a Valencia, eludiendo el itinerario fijado por las Cortes. Allí recibe el Manifiesto de los Persas, en que un grupo de diputados absolutistas le piden que derogue el régimen constitucional. Apoyado por el ejército y animado por las aclamaciones populares, hace público este decreto. Se inicia inmediatamente la represión de los liberales, que son detenidos y perseguidos, teniendo que exiliarse muchos de ellos.

b) Comenta las ideas principales del mismo

La idea principal aparece casi al final del documento: la intención de Fernando VII de no jurar y declarar "nulas y sin ningún valor ni efecto" la Constitución de 1812 y toda la obra legislativa de las Cortes de Cádiz y sin obligación para sus súbditos de cumplirlas.

Podemos destacar otras ideas secundarias con las que el rey trata de justificar su decisión:

1. estas bases pueden servir de seguro anuncio de mis reales intenciones

Este decreto es una declaracion de intenciones de lo que va a ser el gobierno de Fernando VII. Contrapone las palabras déspota y tirano (en clara alusión a Napoleón, nombrado así en los comunicados de la Junta Central Suprema durante la Guerra de la Independencia) frente a las de Rey y padre para sus vasallos (término que se contrapone con el igualitario de "españoles, o individuos" utilizado en la Constitución de Cádiz)

2. "me han informado personas respetables por su celo y conocimientos, y lo que acerca de cuanto aquí se contiene se me ha expuesto en representaciones, que de varias partes del reino se me han dirigido"

Explica que ha recibido informes y peticiones de "personas respetables" (se refiere el rey al Manifiesto de los Persas y al apoyo del general absolutista Elío, principalmente) en el sentido de apoyar su vuelta al absolutismo, lo que ha decidido llevar a cabo con este decreto.

3. "en las cuales se expresa la repugnancia y disgusto con que así la constitución formada en las Cortes generales y extraordinarias, como los demás establecimientos políticos de nuevo introducidos, son mirados en las provincias;"

Hay una clara referencia a la Constitución de 1812 y a la labor legislativa de las Cortes de Cádiz desde 1810 hasta 1813, concretada en la supresión del régimen señorial aboliendo los derechos feudales y jurisdiccionales (1811), la desamortización (1813), la supresión de la Inquisición, aduanas internas y gremios.

4. "los derechos y prerrogativas de mi soberanía, establecidas por la constitución y las leyes en que de largo tiempo la nación ha vivido"

Fernando VII reclama para sí la soberanía, legitimada por la constitución y las leyes de la Historia. Por constitución él entiende todas las leyes y costumbres establecidas a lo largo de la Historia; leyes y costumbres que legitiman y establecen que la soberanía reside en el rey.
Esta idea de la Constitución histórica será clave para entender la soberanía compartida entre el Rey y las Cortes que defenderán los liberales moderados y conservadores durante el siglo XIX.